Ejecutivo veta parcialmente dos proyectos de ley aprobados por la Asamblea

El presidente Daniel Noboa vetó parcialmente dos proyectos de ley aprobados por la Asamblea Nacional en febrero, argumentando que algunos de sus artículos presentan inconsistencias jurídicas y contravienen normativas vigentes. La notificación oficial del veto fue enviada el lunes 17 de marzo de 2025.

Uno de los proyectos observados es la reforma sobre la Discriminación por Edad en el Sistema Laboral, cuyo objetivo era promover la igualdad de condiciones para jóvenes y personas mayores de 40 años en el ámbito laboral. Sin embargo, el Ejecutivo considera que al menos dos artículos presentan vicios de inconstitucionalidad y otros siete son redundantes, ya que la Constitución y otras leyes ya contemplan disposiciones similares.

Entre las medidas propuestas por la Asamblea, se establecía que las empresas con al menos 25 empleados debían contratar a una persona mayor de 40 años. Además, se fijaba un porcentaje progresivo de contratación hasta alcanzar el 4% del total de trabajadores en un periodo de cinco años. No obstante, el gobierno sostiene que esta disposición vulnera el principio de seguridad jurídica, al obligar a los empleadores a generar plazas sin considerar factores como la preparación o las necesidades del mercado laboral.

Asimismo, el Ejecutivo argumenta que el derecho de acceso al empleo para adultos mayores ya está garantizado en la Constitución y que cualquier sanción impuesta por incumplimiento de estas medidas sería inconstitucional.

Otras objeciones incluyen disposiciones que el gobierno considera innecesarias o duplicadas. Por ejemplo, la propuesta legislativa establecía la capacitación obligatoria de los empleados en temas de discriminación y acoso laboral, un requerimiento que ya está contemplado en el Código Laboral. También se vetó la prohibición de anuncios de empleo con requisitos de edad o características físicas, ya que la legislación vigente impide que los empleadores soliciten condiciones que no estén directamente relacionadas con las competencias del puesto.

Otro punto objetado es la posibilidad de que los candidatos a un empleo soliciten un informe con los motivos de su no selección y que puedan presentar denuncias ante el Ministerio de Trabajo. El Ejecutivo señala que dicha entidad solo regula las relaciones laborales en situación de dependencia, sin tener injerencia en procesos de selección.

Jubilación anticipada para agentes de tránsito también fue vetada

El segundo proyecto objetado corresponde a la reforma del sistema de Seguridad Social que establecía una Jubilación Especial para los agentes de la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE). La propuesta permitía a los vigilantes acogerse a la jubilación tras 25 años de aportaciones, sin límite de edad, y contemplaba una tabla específica para el cálculo de sus pensiones. Además, se establecía una contribución especial de la CTE y beneficios del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) para aquellos agentes que no alcanzaran los 25 años de aportaciones.

El Ejecutivo vetó esta reforma por inconstitucionalidad, argumentando que no se presentó un estudio actuarial que garantice la viabilidad financiera de la medida. Además, recordó que la Corte Constitucional ya ha señalado en dos sentencias previas la falta de sustentos técnicos para este tipo de beneficios.

Los artículos vetados por inconstitucionalidad serán remitidos a la Corte Constitucional, que deberá pronunciarse sobre su validez y determinar si respalda la objeción del Ejecutivo o mantiene la propuesta legislativa.

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